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Aprobada la Memoria Histórica y Heráldica para la adopción del Escudo y Bandera del Ayuntamiento de Torrecaballeros.

El Pleno del 10 de julio de 2018 ha acordado aprobar la Memoria Histórica y Heráldica sobre definición y adopción del Escudo y Bandera de la localidad. Tras meses de trabajo en los que desde la Corporación municipal se ha contactado con especialistas en heráldica, con la historiadora local Isabel Álvarez, autora de varias obras sobre el municipio y conocedora en profundidad de la historia y costumbres de Torrecaballeros; o al Doctor en Derecho, Ciencias Políticas e Historia, miembro de la Real Academia de la Historia, D. Alfonso de Ceballos-Escalera y Gila, se inicia ahora el camino para contar en las próximas semanas con el Escudo y la Bandera de la localidad. Puede descargar la MEMORIA pinchando aquí.

El arduo trabajo previo para elaboración de estos distintivos heráldicos del municipio, comenzó buscando posibles antecedentes de uso de algún tipo de escudo o bandera en la localidad, localizándose únicamente dos sellos municipales en tinta sobre papel, usados por el Ayuntamiento de Torrecaballeros hacia 1848, que se hallan en la Colección de Sellos Municipales en tinta, de la Sección de Sigilografía del Archivo Histórico Nacional (Madrid).  El informe concluye que se puede afirmar con certeza que el Ayuntamiento de Torrecaballeros no ha usado nunca de Armas distintivas ni Bandera propias. Ante esta ausencia de antecedentes, los expertos se basaron para el blasonamiento en el pasado histórico de nuestro municipio, así como en su toponimia y en los monumentos  y edificaciones singulares existentes.

Entre estos antecedentes, el informe destaca que las necesidades de la defensa de los pasos de la Sierra y la amenaza de incursiones musulmanas desde el sur, desde allendesierra, fueron la causa probable del establecimiento en los siglos XI y XII, sobre la loma sobre la que se asienta la población, de un pequeño destacamento militar destinado a la vigilancia del paso del puerto de Malangosto: de ahí su nombre originario de Otero de los Caballeros, hoy transformado en Torrecaballeros. Y de ese origen militar derivaba el antiguo tributo que los vecinos de Torrecaballeros y de los demás lugares de la llamada Vera de la Sierra, pagaban todavía en el siglo XVIII para el mantenimiento de la guarnición del alcázar de Segovia.

La noticia más antigua de la existencia del lugar de Oter de Cavalleros, hoy Torrecaballeros, se data en el año de 1247 y consta en un plan de distribución de las rentas del Cabildo catedralicio segoviano, conservado en el Archivo de la catedral de Segovia. Lo mismo ocurre con la población de Cabaniellas del Mont.

“Otro hito importante en nuestra historia lo encontramos en 1273 cuando el Rey Don Alfonso X institucionaliza la amplia organización ganadera existente en la zona creando el Honrado Concejo de la Mesta, cuyo fin era la protección de todo lo relacionado con la cabaña merina de la Corona de Castilla, entre lo que se encuentra la red de cañadas”. Así, Torrecaballeros y Cabanillas, como el resto de los pueblos serranos, conjugaban dos circunstancias muy favorecedoras para su economía: la riqueza de pastos -debida a la abundancia de aguas de riego- y la coincidencia del período de esquileo junto al paso de los rebaños por sus tierras. A lo largo de la cañada de la Vera de la Sierra se encuentra la mayor concentración de ranchos de esquileo de toda la Península, por las circunstancias antes mencionadas. En Torrecaballeros y Cabanillas se edificaron dos de estas industrias pertenecientes a la Compañía de Jesús y a la noble familia de Herrera Silva. En el rancho de Torrecaballeros se esquilaban anualmente 42.000 ovejas, y 15.500 en el de Cabanillas.

Otra institución muy relevante en la historia local, no sólo por su preferente dedicación agraria, sino porque era  el único abastecimiento de aguas para estos núcleos de población, en la historia de Torrecaballeros ocupa un lugar principalísimo: la llamada cacera de San Medel, un cauce de agua originado en el curso alto del río Pirón. Se trata de una verdadera obra de ingeniería medieval, dotada de cauces, tomas y presas, que aprovecha las facilidades del terreno por el que discurre. La cacera de San Medel se ha venido rigiendo hasta ahora por unas ordenanzas hechas precisamente en Torrecaballeros el 2 de mayo de 1734.

En resumen, los elementos con que contamos a la hora de blasonar al Ayuntamiento de Torrecaballeros son: la vieja torre-atalaya y el otero o colina que dan nombre a nuestro pueblo; la tradición caballeresca que igualmente forma su topónimo; el cordero u oveja, que recuerda a la ganadería mesteña trashumante y a la antigua dedicación pastoril; las caceras de agua, fuente de riqueza local, en especial la de San Medel; la pertenencia a la Comunidad de Ciudad y Tierra de Segovia; o los patronatos de San Nicolás y San Miguel.

Con todo este material sobre la mesa, las formas heráldicas propuesta y que ha adoptado el Ayuntamiento de Torrecaballeros son las siguientes:

ESCUDO DEL AYUNTAMIENTO DE TORRECABALLEROS :Escudo de púrpura con una torre almenada de plata, mazonada y aclarada de sable, puesta sobre un monte natural, sobre onsas azur y plata, y en el monte una oveja de plata; acostada de dos espadas de plata, encabadas de oro, con las puntas hacia abajo timbrado de la Corona Real Española.

BANDERA: Ni en los archivos locales -municipal y parroquial-, ni en los regionales o nacionales, se conservan noticias de la existencia de una enseña antigua. Ahora, el Ayuntamiento de Torrecaballeros ha organizado su enseña municipal tomando los colores alusivos a las caceras del término, fuente de vida del asentamiento, y del privilegio real: Bandera rectangular, de proporción 2:3 de paño blanco con cinco fajas ondeadas de azul y brochante al centro el escudo municipal en sus colores.

Tras esta aprobación inicial,hay que elevar la propuesta al órgano asesor en esta materia de la Junta de Castilla y  León (el Cronista de Armas de Castilla y León) para que emita el informe preceptivo abriéndose luego un periodo de información pública a efectos de alegaciones, siendo definitivo el acuerdo en caso de no que se presentasen reclamaciones y una vez que sea publicado en el Boletín Oficial de la Provincia y en el de Castilla y León”.

 

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