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Bando recordatorio Estado de Alarma: sólo se puede circular por la vía pública individualmente.

MODIFICACIÓN DEL DECRETO DE ESTADO DE ALARMA

El Consejo de Ministros ha aprobado una modificación del Real Decreto por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Durante la vigencia del estado de alarma, las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las actividades permitidas y habrán de hacerlo INDIVIDUALMENTE, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada.

SE RECUERDA A TODOS LOS VECINOS LA OBLIGACIÓN DE CUMPLIR TODAS LAS MEDIDAS DERIVADAS DEL ESTADO DE ALARMA ASÍ COMO TODAS LAS RECOMENDACIONES DE LAS AUTORIDADES SANITARIAS.

RUEGO A TODOS LOS VECINOS, EXTREMAR AL MÁXIMO LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN PARA LOGRAR, ENTRE TODOS, CONTENER EL AVANCE DE LA EPIDEMIA.

GRACIAS POR SU COLABORACIÓN.

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