
El BOCYL del 21 de mayo publica los Acuerdos 51 y 52/2021, por los que se decreta el paso del nivel 4 al nivel 3 de alerta, actualizándose las siguientes restricciones que estarán en vigor desde hoy viernes, 21 de mayo, y mientras subsista la declaración del nivel de alerta 3.
- Hostelería y restauración: se establece como horario de cierre la 01:00 horas para las terrazas y las 24:00 horas para el interior de los establecimientos, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00 horas y de las 23:00 horas, respectivamente.
- Alojamientos turísticos: en los alojamientos turísticos no hoteleros, como son las casas rurales y las viviendas de uso turístico, el número de personas alojadas será de un máximo de 10 personas pudiendo estar integradas por un máximo de dos grupos de convivencia estable.
- Archivos: prestarán sus servicios de manera presencial o por vía telemática, mediante solicitud y petición que será atendida por el personal técnico. Podrán realizarse actividades presenciales en los archivos que estarán sujetas a un aforo máximo del 50% para cada una de sus salas y espacios públicos.
- Cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales, así como en recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas: Aforo máximo del 50%, siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila, en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia. Las entradas serán numeradas y los asientos estarán preasignados.
- En el caso de otros recintos, locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas distintos de los previstos en el párrafo anterior podrán desarrollar su actividad de acuerdo con las siguientes reglas y límites de aforo: aforo máximo de 1/3, con un límite máximo de 100 personas en espacios cerrados y 200 personas en espacios al aire libre
- Congresos, encuentros, reuniones de negocios, eventos y actos similares: se recomienda su celebración de forma telemática. No obstante, si se celebran presencialmente el aforo máximo será de 1/3, con un límite máximo de 150 asistentes.